1. Asistir puntualmente a las citas y procedimientos programados, y en caso de no poder asistir, avisar con anticipación.
  2. Cuidar las instalaciones y mantenerlas en buen estado (edificio, jardines, equipos y muebles).
  3. Aportar la información necesaria y veraz para su atención y colaboración en todos los aspectos relacionados con el cuidado y tratamiento de su enfermedad.
  4. Participar en su autocuidado y rehabilitación integral en caso de que sea necesario.
  5. Abstenerse de fumar dentro de las instalaciones del Hospital.
  6. Respetar al personal de El Hospital, a los demás pacientes y los acompañantes de estos últimos. Mantener un trato cordial y humanizado durante toda la atención.
  7. Acatar los lineamientos y protocolos de El Hospital y abstenerse de realizar conductas que afecten la buena marcha de la institución y el desarrollo de las labores asistenciales, administrativas y de apoyo.
  8. Propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad.
  9. Atender oportunamente las recomendaciones formuladas en los programas de promoción y prevención.
  10. Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.
  11. Respetar al personal responsable de la prestación y administración de los servicios de salud.
  12. Usar adecuada y racionalmente las prestaciones ofrecidas, así como los recursos del sistema.
  13. Cumplir con las normas del sistema de salud.
  14. Actuar de buena fe frente al sistema de salud.
  15. Suministrar de manera oportuna la información que se requiera para efectos del servicio.
  16. Contribuir solidariamente al financiamiento de los gastos que demande la atención en salud y la seguridad social en salud, de acuerdo con su capacidad de pago.

 1.1. Elegir

  1. Tomar decisiones libres, conscientes e informadas sobre su tratamiento, la participación en actividades de docencia e investigación y donación de órganos.
  2. Solicitar una segunda una segunda opinión con los profesionales de la institución.
  3. Decidir libremente a quien recibe como visitante durante su hospitalización y cuál(es) serán la(s) persona(s) autorizadas para recibir información sobre su enfermedad y evolución. En lo referente a las visitas deberá ejercerse el derecho en el marco de las normas institucionales y bajo las directrices definidas por el médico tratante.
  1. Acceder a los servicios y tecnologías de salud, que le garanticen una atención integral, oportuna y de alta calidad.
  2. Recibir la atención de urgencias que se requiera con la oportunidad que su condición amerite sin que sea exigible documento o cancelación de pago previo alguno.
  3. Mantener una comunicación plena, permanente, expresa y clara con el profesional de la salud tratante.
  4. Obtener información clara, apropiada y suficiente por parte del profesional de la salud tratante que le permita tomar decisiones libres, conscientes e informadas respecto de los procedimientos que le vayan a practicar y riesgos de los mismos. Ninguna persona podrá ser obligada, contra su voluntad, a recibir un tratamiento de salud.
  5. Recibir prestaciones de salud en las condiciones y términos consagrados en la ley.
  6. Recibir un trato digno, respetando sus creencias y costumbres, así como las opiniones personales que tenga sobre los procedimientos.
  7. Que la historia clínica sea tratada de manera confidencial y reservada y que únicamente pueda ser reconocida por terceros, previa autorización del paciente o en los casos previstos en la ley, y a poder consultar la totalidad de su historia clínica en forma gratuita y a obtener copia de la misma.
  8. Que se le preste durante todo el proceso de la enfermedad, asistencia de calidad por trabajadores de la salud debidamente capacitados y autorizados para ejercer.
  9. A la intimidad. Se garantiza la confidencialidad de toda la información que sea suministrada en el ámbito de acceso a los servicios de salud y de las condiciones de salud y enfermedad de la persona, sin prejuicio de la posibilidad de acceso a la misma por los familiares en los eventos autorizados por la ley o las autoridades en las condiciones que esta determine.

 1.2. Estar informado, recibir información clara, oportuna y continua sobre:

  1. Enfermedad, tratamiento y pronostico.
  2. Normas y funcionamiento de la institución.
  3. Trámites administrativos relativos al proceso de atención.

1.3         Recibir la mejor atención:

  1. Recibir atención profesional de calidad, de acuerdo con su enfermedad y teniendo en cuenta los recursos con los que cuenta El Hospital.
  2. Acceder a los servicios de El Hospital, ser atendido de forma oportuna y segura, recibir una atención de urgencias sin condiciones o barreras administrativas de acuerdo a las necesidades del paciente y la capacidad de El Hospital.
  3. A recibir acompañamiento médico, psicológico y espiritual al final de la vida.
  4. A ser tratado con respeto, cortesía y disposición. Recibir apoyo espiritual, emocional y familiar durante la atención.
  5. A tener acompañamiento de los seres queridos durante la atención.

1.4. Expresar

  1. A comunicar quejas, sugerencias, peticiones y felicitaciones a través de los mecanismos de expresión establecidos en la institución y a recibir respuesta oportuna.

1.5. Trato digno

  1. Recibir un trato humano, respetando las creencias y costumbres.
  2. Conocer y recibir a su elección, las diferentes alternativas de manejo del diagnóstico, cuidados paliativos, adecuación del esfuerzo terapéutico, a morir dignamente a través de la Eutanasia y a desistir de las decisiones adoptadas en tal sentido, en cualquier momento que lo considere.

1.6. Derechos sexuales y reproductivos

  1. Intimidad personal, igualdad de sexo y género, respeto a las decisiones personales en torno a la preferencia sexual y la decisión sobre el número de hijos e hijas El acceso efectivo a servicios de salud sexual y reproductiva.

 7. Confidencialidad y privacidad:

  1. A que se respete su intimidad en la atención.
  2. A que su información personal e historia clínica sean manejadas con reserva y confidencialidad. En consonancia con los lineamientos legales y las autorizaciones emitidas por el paciente para su divulgación a terceros.